Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 22 de noviembre de 2006, por el ciudadano JOSE TOCUYO, asistido en este acto por el abogado CIRO MEDINA y por la parte demandada, la abogada JAISI GUERRERO, con ocasión a la Solicitud de Calificación de Despido que incoare el ciudadano JOSE EDUARDO TOCUYO contra AEROBUSES DE VENEZUELA C.A.,.este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a las referida profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia, siendo que el pago fue realizado en su totalidad, se ordena el cierre y archivo del expediente. Cúmplase con l.....