Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente solicitud, incoada por el ciudadano FRANCISCO JOSÉ DÍAZ, venezolano, mayor de edad, divorciado, domiciliado en el Sector El Rincón-La Gavilana, Valle-Morín, jurisdicción del Municipio San Casimiro del Estado Aragua y portador de la Cédula de Identidad Nº V-5.137.731, por solicitud de TITULO SUPLETORIO.