HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR DISOLUCION DE SINDICATO ejercido por Sociedad mercantil SANIFARMA PAÑALEX, C.A., inscrita por ante el registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 19 de agosto de 1985, bajo el Nº 4, Tomo 36-A.; contra el SINDICATO UNICO DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE MARACAY SANIFARMA PAÑALEX, (SINUTRAMFARPA); otorgándose efecto de cosa juzgada; en observancia de los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en aplicación de la norma contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía conforme a lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Cúmplase lo ordenado.