DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA el convenimiento formulado por la parte demandada, ciudadano MOISES EXPOSITO LUIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.873.526, actuando en su propio nombre y en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil "REPROARAGUA, C.A.", inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 16 de julio de 1975, bajo el No. 54, tomo 6, actualmente llevado por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Aragua.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara disuelta la Sociedad Mercantil "REPROARAGUA, C.A.", inscrita por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia .....