DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de Divorcio por Desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano JESUS OCTAVIO PEREZ MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.842.692, contra la ciudadana ANA ANGELINA DUARTE DE PEREZ, identificada con la cédula de identidad Nº V-9.176.872. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 24 de agosto de 1991; por ante el Registro Civil del Municipio Girardot, Parroquia Joaquín Crespo del estado Aragua, asentada bajo Nº 770, Tomo 4, Año 1991, en los libros de Matrimonios llevados por el referido Registro.
Liquídese la co.....