´Vista la solicitud formulada por la ciudadana SALOMÉ DEL CARMEN RIVERA ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.190.030, debidamente asistida en este acto por el ciudadano abogado, ROFER JOSUE MORENO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.177.886, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 141.038, en la que solicita le sea decretado título suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, signada con CERTIFICADO EMPADRONAMIENTO 05-11-04-U08-151-021-006-000-000-000, dicha bienhechuría está ubicada en la Parroquia Samán de Guere, Asentamiento Campesino La Morita I, Sector Villa Tejeras II, 2da Etapa, Calle Rómulo Gallegos, Parcela N° 252, la cual tiene una superficie de terreno de CIENTO TREINTA METROS (130,00 Mts2) y metros de construcción de TRESCIENTOS NOVENTA METROS (390,00 Mts2), cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: Parcela N° 05 SUR: Parcela N° 07; E.....