IMPROCEDENTE la solicitud de sustitución de la medida privativa de libertad por una menos gravosa, realizada por el Abogado Carlos Eduardo Campos Bolívar, actuando en su condición de Defensor del acusado Carlos Enrique González, en consecuencia se acuerda mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad acordada en su oportunidad legal al acusado anteriormente citad