Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior actuando en sede constitucional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el profesional del derecho GERARDO HENRÍQUEZ CARABAÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 36.225, actuando en representación de la sociedad mercantil INTERBANK SEGUROS S.A., contra la decisión dictada el 15 de noviembre de 2007 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio de cumplimiento de contrato y daños y perjuicios seguido por B.K. ESTACIONAMIENTO C.A. contra la empresa INTERBANK SEGUROS S.A., expediente Nº 12.273 de la nomenclatura del mencionado Tribunal Cuarto de Primera Instancia. Asimismo, se declara INADMISIBLE la pretensión de amparo en lo que respecta al auto dictado el 6 de d.....