En mérito a lo antes explanado, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó el ciudadano RAMÓN ARGENIS ZAMBRANO SANDIA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.513.915, actuando en su carácter de Presidente y representante legal de la empresa CENTRAL INMOBILIARIA C.A (CEICA), asistido en este acto por los Abogados JOSÉ RAFAEL TORREALBA RANGEL e IRIS RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 6.290 y 13.079, respectivamente, en contra de los ciudadanos PABLO WILFREDO URDANETA MARTELL y WILLIAM WILFREDO MARTEL TOVAR, mayores de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nros. V-13.780.955 y V-5.262.067, respectivamente, en su carácter de arrendatarios de una oficina distinguida con el Nº 34, situada en .....