En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente acción.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE el Asunto Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto, por el abogado en ejercicio Armando José Oliveira Naranjo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.514, quien manifestó actuar en su carácter de co-apoderado judicial del ciudadano Vicente José Brito, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.633.421; de la sociedad mercantil Agropecuaria El Brasil, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del T.....