Por las razones expuestas, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de amparo constitucional interpuesto por JOSE RAMOS, identificado en este fallo, contra las actuaciones ya especificadas, del Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay imposición en costas dada la naturaleza de esta decisión.