Se DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por la ABG. LORENA SALVATRICE MARINO AROCHA; Jueza del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este mismo Circuito Judicial de Protección, en el Asunto DP41-V-2009-000969, correspondiente a la demanda por Partición de Bienes de Comunidad de Propietarios que fue interpuesta por la ciudadana GIACOMA BALSAMO ASARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.476.964, quien actúa en su condición de representante legal de su menor hija (cuyo nombre se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), en contra del ciudadano MASSIMO CANNAVO DEL MASCHIO, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 8.582.703, de conformidad con el artículo 82 ordinal 12 del Código de Procedimiento Civil y a las causales subjetivas previstas en sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia invocada, y así se decide.