DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano EDGAR GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICILIGICA Y ACOO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en el artículo 39 Y 40, respectivamente de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana DENYS MANRIQUE, por extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo dispuesto en los artículos 108 numeral 5 y 109 del Código Penal y por consecuencia, cesa cualquier medida cautelar o medida de protección y de seguridad que se haya dictado durante el proceso tal como lo establece el artículo 301 del referido Código Adjetivo. Regístrese, déjese copia, notifíquese la presente decisión y en su oportunidad legal remítase al Departamento de Archivos Judiciales con la finalidad de su cuido y conservación.