IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOEL LEONARDO CARNEVALLI GARCIA, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OSCAR EUGENIO VILLALON MORALES parte actora, contra la decisión de fecha 16.11.2017, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que ADMITIO las pruebas promovidas por las partes.
SEGUNDO: SE ADMITE, la prueba de informes promovida por la parte demandada, por cuanto la misma no es ilegal o impertinente, salvo su apreciación o no en la definitiva, momento en el cual se valorará.
TERCERO: Queda así confirmado el auto apelado.
CUARTO: No h.....