Vista la solicitud realizada por la ciudadana Nelly León Uribe, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Davis Jesús Sanabria, donde pide sea nombrada correo especial a los fines de tramitar todas las gestiones pertinentes relacionadas con dejar sin efecto la captura de su mandatario, este Tribunal observa que no se tiene respuesta alguna de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) respecto a que persona le pertenece el número de Cédula 10.484.439, y como quiera que se hace indispensable verificar dicha información a los fines de constatar si efectivamente al ciudadano Davis Jesús Sanabria le pertenece dicho número de cédula y no a David José Sanabria, imputado en la presente causa, se ordena ratificar oficio a los fines consiguientes.
Ahora bien, en cuanto a lo solicitado por la referida ciudadana Nelly León Uribe referente a que se deje sin efecto la captura librada a su apoderado ciudadano Davis Jesús Sanabria titular de la Cédula de identi.....