este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que se encuentran presentes los Apoderados de las empresas demandadas por "MAQUINAS 2000, C.A" Abogados RUBRIA YOLL y LEXTER FLORES, quienes consignan copia de Instrumento Poder, ut supra identificados y por "AUTO CITY, C.A." el Abogado JUAN CARLOS RUGGIANTONI, quien consigna copia de Instrumento Poder, ut supra identificado.- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.- Siendo las 9 y 45 a.m.-
LA JUEZA
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ