En consecuencia, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Desechado del proceso el documento tachado, esto es, la diligencia de fecha 28 de Febrero de 2008, que corre al folio Treinta y Siete (37) de la Pieza número tres (3) de la causa principal referente al Juicio que por ACCION REINVINDICATORIA incoara el ciudadano CARLO ANTONIO RAINIERI LOPEZ contra XOJANA CAROLINA LAYA YANEZ.
Segundo: Se Ordena remitir el presente expediente al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que emita el pronunciamiento que a bien tenga dictar.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de esta decisión.