DECISIÓN
Por las razones que se expusieron, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
Declara INADMISIBLE la pretensión de tutela constitucional incoada por el ciudadano el ciudadano JESÚS ALBARRÁN, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 181.460, actuando en su condición de abogado defensor del ciudadano ALVARO LUIS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.894.559, intentó acción de amparo constitucional ante esta Alzada, contra la resolución judicial del 26 de marzo de 2015, el cual declaró sin lugar la solicitud de reforma del cómputo de pena de su patrocinado, por la abogada VIOLETA VÁSQUEZ, en su condición de Jueza del Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del .....