PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Ana Jakeline Chepas Ochoa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.882.671, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.742, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano José Luís Chávez, venezolano titular de la cédula de identidad N° V-7.030.620, contra el auto dictado por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha veintiséis (26) de febrero del año 2018. SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictado en fecha veintiséis (26) de febrero del año 2018, por el Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, mediante el cual revoca a su vez por contrario imperio el auto de fecha 21 de febrero de 2018. TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo. Publíquese la presente decisión en el portal Web del Tribunal Supremo de Justicia......