PRIMERO: IMPROCEDENTE EL EJERCICIO DEL RECURSO DE APELACIÓN y en consecuencia su trámite en el juicio por Fraude Procesal incoado por GLENDA CARLINA SILVA MENESES contra VIKI CARRILLO RODRÍGUEZ y EDWARD DAVIS RINCÓN sustanciado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el expediente N° 42.500 (nomenclatura interna de ese juzgado),
SEGUNDO: Remítase la presente causa al Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza de la decisión proferida.