En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la sentencia N° 1070 de fecha 09/12/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO SEQUERA RUMBOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 9.682.467, contra su cónyuge ciudadana BETTY YELITZA MANZANILLA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.657.069.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSE GREGORIO SEQUERA RUMBOS, y BETTY YELITZA MANZANILLA RAMIREZ, en fecha diecisiete (17) de agosto de 2021, por ante el .....