VII. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, doctrinales y jurisprudenciales ut supra, señala éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la parte co-demandada, sociedades mercantiles TRANSPORTE AGUA BLANCA, C.A., domiciliada en la ciudad de Valencia e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 08 de Junio de 1.998, bajo el Nº 30, Tomo 38-A, y Sociedad Mercantil CORPORACIÓN PRINCIPAL, C.A., domiciliada en la ciudad de Valencia e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 16 de Febrero de 1.996, bajo el Nº 21, Tomo 15-A., representada por los Abogados LOURDES M. SALAZAR y.....