En virtud de los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por Resolución de Contrato, intentó la sociedad mercantil Hilton Internacional de Venezuela, C.A., contra la Asociación para la Protección de Consumidores de Computación (AVECOMPU). Así se decide.