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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Turmero; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, disolviendo el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los Ciudadanos: DOUGLAS RICARDO CASTILLO LUGO Y ROSA DEL CARMEN LEON ESTANGA, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-13.769.195 Y V-13.949.220, respectivamente, quienes contrajeron matrimonio en fecha Veintiuno (21) de Junio del año 1997, según se evidencia de Acta de Matrimonio expedida por el Registro Civil del Estado Aragua, la cual se encuentra inserta bajo Nº 351, Tomo 02, en los Libros de Registro Civil, llevados por ante el expresado Despacho, dicha certificación del Acta de Matrimonio fue consignada y cursa al folio: Tres (03) y su vuelto de la presente Solicitud.
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