este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la figura de la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, por no haberse dado la existencia de los tres (3) requisitos establecidos para su procedencia, de conformidad con el Artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesta por los ciudadanos JOSÉ RICARDO MANZO HERNÁNDEZ, JOSÉ GREGORIO MANZO HERNÁNDEZ Y DANIEL ENRIQUE MANZO HERNÁNDEZ en contra del ciudadano HUGO CESAR BLANCO MANZO, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de esta sentencia; conforme los lineamientos determinados en el fallo.
TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandante de conformidad con el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: SE ORDENA l.....