Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE: PUNTO PREVIO: Se acuerda los delitos de: DESESTIMAR el delito de AGAVILLAMIENTO, Previsto y Sancionado en el artículo 286 del Código Penal Vigente Venezolano, PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD, Previsto y Sancionado en el artículo 174 del Código Penal Vigente Venezolano y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, Previsto y Sancionado en el artículo 470 del Código Penal Vigente Venezolano. PRIMERO: CONDENA al acusado ROBERT DAVID FREITEZ, Titular de la Cedula de Identidad V-22.696.031, mayor de edad, soltero, residenciado: BARRIO LAS BRISAS, CALLE SAN JUAN, CASA #14, MARIARA, ESTADO CARABOBO, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS Y DOS (02) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, Previsto y Sancionado en el artículo 458 del Cód.....