Por lo expuesto, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la medida cautelar DE EMBARGO PREVENTIVO solicitada por el abogado JANAN EKERMAN GAMPEL, actuando con el carácter de apoderado judicial del INSTITUTO AUTÓNOMO FONDO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION (FONACIT), contra la sociedad mercantil denominada TECNOWEB, C. A., ya identificados, por el doble de la cantidad demandada y las costas procesales estimadas prudencialmente en un diez por ciento (10%) de la suma demandada, sobre bienes propiedad de la compañía denominada TECNOWEB, C. A.