Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA ACCION INTENTADA POR EL CIUDADANO LUIS EDGARDO GONZALEZ PULIDO contra la empresa CHURROS Y CAFETERIA CHURRI CHOCK, C.A., por concepto de cobro de prestaciones sociales, condenándose a ésta última, al pago de la cantidad de OCHO MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON TREINTA Y UN CENTIMOS (BS. F. 8.482.31), por los conceptos que fueron determinados en el cuerpo de la presente decisión; más lo que resulte por los conceptos de intereses sobre prestaciones sociales, de mora e indexacción o corrección monetaria, para lo cual a los efectos de ser calculados, se ordena realizar una experticia complementaria del fallo de conformidad con lo .....