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Decisiones del dia 25/07/2014 |
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N° Expediente :
AP11-V-2009-001344
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N° Sentencia :
PJ0042014000516
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Fecha: 25/07/2014 |
Procedimiento: Rendicion De Cuentas |
Partes: YRIS MARITZA GONZALEZ RWQUENA VS. WILLIAMS ARMANDO HERNANDEZ CAMACHO |
Resumen:
En tal sentido, siendo la perención operable de pleno derecho, es decir, ope legis, al vencimiento del plazo de un año de inactividad y no desde el día en que es declarada por el juez, ya que esta declaratoria no tiene efectos constitutivos, sino declarativos, al verificar el juzgador en las actas procesales las circunstancias que determinan la procedencia de la perención, la debe declarar de oficio, pues es una figura de orden público. Así mismo debe considerarse en el presente pronunciamiento, que la parte accionante en la presente causa, luego de dictarse pronunciamiento correspondiente a las pruebas traídas a los autos, no realizaron acto alguno en el procedimiento que impulsara el mismo, que correspondientemente era resolver las cuestiones previas opuestas por el Abogado LEANDRO GUERRERO actuando en su propio nombre; siendo entonces que hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año, tiempo superior al establecido por el legislador para que proceda la perención, es por lo q.....
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Juez/Ponente:
Carlos Alberto Rodriguez Rodriguez
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Organo:
Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP11-V-2009-000405
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N° Sentencia :
PJ0042014000519
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Fecha: 25/07/2014 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato |
Partes: LUIS HERNANDO GALLEGO VS. GRUPO COSTIERA ADMINISTRACION DE OBRAS, C.A. |
Resumen:
En tal sentido, siendo la perención operable de pleno derecho, es decir, ope legis, al vencimiento del plazo de un año de inactividad y no desde el día en que es declarada por el juez, ya que esta declaratoria no tiene efectos constitutivos, sino declarativos, al verificar el juzgador en las actas procesales las circunstancias que determinan la procedencia de la perención, la debe declarar de oficio, pues es una figura de orden público. Así mismo debe considerarse en el presente pronunciamiento, que la parte accionante en la presente causa, luego de dictarse pronunciamiento correspondiente a las pruebas traídas a los autos, no realizaron acto alguno en el procedimiento que impulsara el mismo, que correspondientemente era agotar con la notificación de las partes y así continuar a la siguiente fase el proceso, (es decir la evacuación de pruebas); siendo entonces que hasta la presente fecha ha transcurrido mas de un año, tiempo superior al establecido por el legislador para que proceda la.....
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Juez/Ponente:
Carlos Alberto Rodriguez Rodriguez
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Organo:
Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AH14-V-2006-000172
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N° Sentencia :
PJ0042014000521
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Fecha: 25/07/2014 |
Procedimiento: Resolución De Contrato |
Partes: VILLEGAS RODRIGUEZ JULIVILLEGAS DE HERNANDEZ MARITZA, VILLEGAS RODRIGUEZ REINALDO, VILLEGAS RODRIGUEZ SANTOS, VILLEGAS DE SILVA BIANNEY Y VILLEGAS RODRIGUEZ CECILIA COROMOTO VS. JOSE SEQUERA FERNANDEZ |
Resumen:
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, por haber transcurrido más de un año de inactividad de las partes conforme lo dispuesto en el primer aparte del artículo 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
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Juez/Ponente:
Carlos Alberto Rodriguez Rodriguez
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Organo:
Juzgado Cuarto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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