Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, fuera incoado por la ciudadana LAURA RAQUEL RODRIGUEZ OVALLES venezolana, titular de la cédula de identidad N V-15.991.182, actuando bajo su propio nombre y representación, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 127.741 contra la ciudadana MARIA JOSEFINA MARQUEZ DE MARTIN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro V- 5.278.046., y en consecuencia, QUEDA RECONOCIDO JUDICIALMENTE el documento privado contentivo dela DACION EN PAGO contentico por un (01) apartamento denominado PENT HOUSE B, situado en el quinto Piso de la Torre Sur o’ B, en el Edif.....