Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, Administrado Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ADMISIÓN de la pretensión de Amparo Constitucional deducida por los ciudadanos los ciudadanos Francisco Olivo Córdova y Ricardo Gómez Arnaut, (sin identificar), actuando el ultimo de los nombrados en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Freddy Hernández, Francisco Olivo, Miguel Hung, Moisés Delgado, Isabel Lara, Wilmer Correa y Julio Lares (sin identificar).