Declara: Con lugar la solicitud interpuesta por la ciudadana ELADIA RONDÓN, titular de la cédula de identidad N° 4.895.741, en su condición de madre del penado LUIS MANUEL GONZÁLEZ, y, en base al resguardo de las garantías de los derechos a la vida y a la salud consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela específicamente en los artículos 43 y 83, del texto constitucional acuerda el retiro de las esposas que mantienen al penado LUIS MANUEL GONZÁLEZ (anteriormente identificado), sujeto a la cama a los fines de evitar el riesgo de escaras e inmovilización que impidan realizar los ejercicios terapéuticos correspondientes en estos casos tal como lo sugiere el médico forense anteriormente citado, manteniéndose la custodia provisional al penado supra identificado, y, consecuencialmente se acuerda comisionar conforme a lo previsto en el articulo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, a funcionarios de la Comandancia de la Policía del Estado, a los fines de que prest.....