DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del presente recurso de anulación.
SEGUNDO: ADMITE el recurso intentado y se ordena las notificaciones en la forma establecida en el texto de esta disposición.
TERCERO: DECLARA CON LUGAR EL AMPARO CAUTELAR.
CUARTO: Se tiene como valida la sesión extraordinaria de fecha 08 de Agosto realizada por los concejales que ejercen mayoría en el Concejo Municipal del Municipio Antonio Díaz del Estado Delta Amacuro.
QUINTO: Se suspenden los efectos del acto administrativo emanado de la sesión extraordinaria Nº CM-P-08-09-2001 de fecha 08 de Agosto de 2008.
SEXTO: SE LE ORDENA a todas las autoridades Municipales y de Seguridad Ciudadana le garanticen a los Concejales CARLOS ELOY RODTRUIGUEZ, LEONARDO ANTONIO ARAY MARTINEZ, DIGNA ROSA SUCRE DE VOLCANES y JESÚS MARIA SUCRE GUZMAN, el acceso al Palacio Municipal del municipio Antonio Diaz del estado Delta Amacuro, a los fines de que cumplan con la labor para la cual fueron electos, asimis.....