Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la presente demanda de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoada por el ciudadano MIGUEL ANTONIO MOTA CORDERO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.711.738, domiciliado en la calle La Gavilana, casa Nº 18, Valle Morin, Estado Aragua, debidamente asistido por el ABG. IVAR EDUARDO MEDINA, contra la Empresa FUNDO DON PEPE, en la calle La Gavilana, S/N, Valle Morin Estado Aragua, en la persona del ciudadano JOSE TORRES, en su carácter de PROPIETARIO.-