este Tribunal en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda de conformidad a lo establecido en el artículo 392 y 393 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes, AUTORIZA a la adolescente y al niño (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), venezolanos, estudiantes, de trece (13) y ocho (8) años de edad, respectivamente, para que establezcan su residencia con su padre ciudadano JOSE RAFAEL FLORES RIVERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. 10.304.808, en la siguiente dirección: HOTEL RITZ, PLAZA DE LA LEALTAD 5, 28014, MADRID, ESPAÑA.