Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por los abogados HUMBERTO GAMBOA LEÓN y JENNY VILLAMIZAR SALAZAR, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.45.806 y 99.027, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad de Comercio ITALCAMBIO C.A.; debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal hoy Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 09 de septiembre de 1966, bajo el Nº.26, Tomo 49-A, ejercieron recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida de suspensión de efectos contra la Providencia Administrativa Nº.246/03, de fecha 14 de agosto de 2003, notificada en fecha 22 de septiembre de 2003, dictada por la INS.....