Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 27 de julio de 2009, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: Queda así confirmada la anterior decisión, que negó la admisión de la prueba de informe promovida por la parte demandada (MOORE DE VENEZUELA S.A), mediante la cual requería información a la empresa WATER HOUSE COOPERS, ubicada en Royal Trut Tower, Toronto Dominion Center. On Canada. TERCERO: Conforme a las previsiones del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas del recurso a la parte apelante.