En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín Agusay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que me confiere ley, declara CON LUGAR La demanda de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, de la ciudadana: YOHANNY DANIELA ACOSTA RICARDO, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 501 del Código Civil y lo pautado en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, y previo los trámites de Ley se ordena al Registro Principal del Municipio Maturín Estado Monagas. Que se asiente la Nota Marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana: YOHANNY DANIELA ACOSTA RICARDO, la cual se encuentra inserta en el libro 1 Tomo 2 Folio 153 acta 523, año 1.994, de los libros del Registro Civil, llevados por la Junta Parroquial los Godos del Municipio Matur.....