En virtud de los anteriormente expuesto, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el procedimiento de cobro de prestaciones sociales incoado por EDDY JIMMY FIGUEROA ASPIAZU, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 23.713.233, representado judicialmente por JUAN NETO, inscrito en el IPSA bajo el No. 117.066, en contra de la empresa SAYONI CA.. SEGUNDO: Visto que la presente causa se encuentra paralizada, se ordena la notificación de la parte actora, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por pe.....