Por todo lo antes expuesto éste Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte justicia y DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud de Inspección Judicial, presentada por el ciudadano LUIS JOSÉ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.720.794, de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana PAULA BLONDEL DE ESPERQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.649.134 y de este domicilio. A los efectos de que la interesada ejerza el recurso correspondiente contra la presente decisión déjese transcurrir el lapso de cinco días de despacho, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.