PRIMERO: Este Tribunal Superior se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente Recurso de Apelación de Auto; en atención a los artículos 441 y 442 ambos del Código Orgánico Procesal Penal en correspondencia con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto incoado por el profesional del derecho ABG. WILLIAM YELKAR SOLORZANO LÓPEZ, quien actúa como defensor privado del ciudadano imputado JAVIER EDUARDO SOLENTE, titular de la cédula de identidad N° V-17.984.816, respecto de la decisión dictada por la Juez Quinto (05°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha trece (13) de agosto de dos mil veinticinco (2025), en la causa identificada bajo el expediente N° 5C-26.154-2022 (según nomenclatura interna de ese despacho)
TERCERO: Se CONFIRMA en todos sus pronunciamientos la decisión recurrida y decretada por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia en Función de Co.....