DISPOSITIVA
Por todo lo antes señalado, éste Juzgado en función de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la Autoridad que me confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente DECRETA: PRIMERO: La SUSTITUCION de la medida de PRIVACION DE LIBERTAD, impuesta a: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por las medidas de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de tiempo que resta de la privativa de libertad, es decir, UN (1) AÑO, CUATRO (4) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS; en virtud de que ha estado detenido siete meses y dos (2) días. SEGUNDO: La remisión del ciudadano xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx al Programa de Libertad Asistida "San José" del Servicio Autónomo de Protección y Atención al Niño y Adolescente del Est.....