DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
ÚNICO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el seis (6) de septiembre del año 2013 por el ciudadano ABG. EDWARD MIGUEL BRICEÑO CISNEROS, Defensor Público Septuagésimo Cuarto (74º) Penal, en su condición de defensa del ciudadano imputado KENNY YOMAR CUESTA TORRES, en contra la decisión dictada en primero (1) de septiembre de 2013, por el Juzgado Décimo Sexto (16º) de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó decretar Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano antes mencionado, por encontrar satisfechos los supuestos previstos del artículo 236, en relación con el artículo 237 numerales 2, 3 y parágrafo prime.....