este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JOSE ALEXANDER RAMOS DIAZ, titular de la cedula de identidad N° V-20.245.603, Venezolano, de estado civil Soltero, de 25 años de edad, nacido en fecha 29-10-1992, natural de MARACAY, ESTADO ARAGUA, de profesión u oficio: OBRERO, residenciado en: BARRIO EL DELEITE, CALLE INDEPENDENCIA, CASA Nª 05, MARIARA, ESTADO CARABOBO, TLF. 0412-0370749, a cumplir la pena de CUATRO AÑOS Y CUATRO MESES DE PRESIDIO, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACION y USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 5 y 6 Numerales 1ª, 2ª y 3ª de la Ley Sobre .....