Este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCION y extinguido el proceso en el juicio que por cobro de prestaciones sociales incoara la ciudadana EVELING MARIA RIVAROLI DE VILORIA, cédula de identidad Nro. V-8.618.247, en contra de UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL (UNEFA). Por cuanto la presente decisión no afecta los intereses de la República no se ordena su notificación.
Asimismo, se dejará transcurrir un tiempo prudencial de cinco (05) días hábiles para ejercer los recursos respectivos, vencido este lapso sin que las partes hayan ejercido el mismo, se ordenara el cierre y archivo del expediente, y se remitirá el mismo al Archivo Judicial, para su resguardo.
Dado, firmado y sellado en.....