Por lo antes expuesto, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, el cambio de la Medida Prisión Preventiva, por la prevista en el articulo 582 literales "B" y "C" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, como lo es permanecer bajo el cuidado y vigilancia de su representante legal y presentación al Tribunal cada quinde (15) días. Líbrese oficio al Centro Socio Educativo Pablo Herrera Campins Líbrese Boleta de Notificación a las partes. Líbrese boleta de libertad Regístrese y Publíquese.