Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos IRWIN DAVID JIMENEZ SEQUERA y JENNY LUCINDA VASQUEZ DE JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.567.228 y V-6.293.697 respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron en fecha 23 de Septiembre de 1988, ante el Juzgado Quinto de Parroquia del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, Estado Miranda, según acta No. 109, año 1988, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el EJECUTESE DEFINITIVO de la presente sentencia, a los efectos de los Artículos 475 y 507 .....