DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda por ENFERMEDAD OCUPACIONAL, incoada por el ciudadano JOSE DE LA CRUZ BOLIVAR VELAZQUEZ, mediante sus apoderadas judiciales A. JAQUELINE VASQUEZ ARACELIS C. BARRIOS ACOSTA, en contra de la empresa TELARES LIBAVEN C.A., suficientemente identificada en autos. Así se Decide. SEGUNDO: En consecuencia se condena a pagar a la demandada la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.20.000.000,00) por concepto de Daño Moral. TERCERO: Se condena a pagar la cantidad de DIECIOCHO MILLONES SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 18.067.500,00) por concepto de LUCRO CESANTE. En el supuesto negado que la accionada no pague voluntariamente las cantidades con.....