Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial ut supra señaladas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MANUEL GUADALUPE DE MELO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro 9.929.040 contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en fecha 17 de septiembre de 2015. En consecuencia y aun cuando por motivación distinta se CONFIRMA en los términos aquí expuestos la precitada decisión
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento se condena en costa a la parte recurrente.
TERCERO: Bájese en su oportunidad el.....