DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos ALEJANDRINA PARRAGA DE FERNANDEZ y TULIO SEGUNDO FERNANDEZ PALACIOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-4.366.503 y V-5.062.120 respectivamente, asistidos por las abogados ELSY BOLIVAR Y YANET PEREIRA Inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 166.861 y 147.936 respectivamente..
Como consecuencia de la declaratoria anterior, queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges en virtud del matrimonio civil celebrado en Registro Civil de la Prefectura de pal.....